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Prueba de Paternidad Judicial


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La prueba judicial es aquella donde la toma de muestra es realizada en una audiencia judicial, esto es delante del juez y ante el fiscal de menores. Las muestras deben ser colectadas por un perito biólogo de nuestra empresa el cual acude a la corte y se toma muestras de padre, madre e hijo. Para que esta prueba se lleve a cabo, es necesario implantar una demanda y tener una orden judicial para realizar la prueba de ADN.

Esto es lo que sucede en una demanda de filiación donde el juez ordena y solo da diez días hábiles para que el demandado (supuesto padre) presente un contrato hecho con nosotros, el cual es enviado al juzgado y después de esto solo se esperará que el juez fije fecha para toma de muestra en la misma corte. Tener en cuenta que la prueba judicial en caso de filiación debe ser cancelada por el demandado.

También se realiza prueba judicial cuando existe un proceso de impugnación de paternidad o declaración de herederos.


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